Ayudas para el Bienestar Animal en Castilla y La Mancha

Orden de 83/2023, de 14 de abril, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 7/2018, de 29 de enero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al bienestar animal prevista en la medida 14 del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2022, y se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada, para la incorporación a las ayudas en 2023. Extracto BDNS (Identif.): 688710. [2023/3581].

Extracto de la Orden de 14 de abril, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 7/2018, de 29 de enero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al bienestar animal prevista en la medida 14 del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2022, y se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada, para la incorporación a las ayudas en 2023. BDNS (Identif.): 688710

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/688710).

Primero. Personas beneficiarias. Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas los titulares de explotaciones ganaderas extensivas y semiextensivas de ovino y/o caprino radicadas en el territorio de Castilla-La Mancha que reúnan los requisitos para ser considerados como agricultores activos, de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (UE) 1307/2013, y que se comprometan voluntariamente a realizar acciones tendentes al cumplimiento de los compromisos fijados en favor del bienestar de los animales.

Segundo. Objeto Convocar, por el procedimiento de tramitación anticipada, en 2023, las ayudas iniciales y anual de pago de este año de las operaciones establecidas en la Orden de 7/2018, de 29 de enero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al bienestar animal prevista en la medida 14 del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2022.

Tercero. Bases reguladoras. Orden de 7/2018, de 29 de enero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al bienestar animal prevista en la medida 14 del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2022, publicada en el DOCM nº 22 de 31 de enero.

Cuarto. Cuantía. Las ayudas de esta convocatoria serán cofinanciadas por la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, el Ministerio de Agricultura, Pesca, y Alimentación, y la Unión Europea a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en los porcentajes establecidos en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo 2014/2022: 17,5%, 7,5% y 75% respectivamente.

Para esta convocatoria 2023, el crédito inicial es de 4.350.000,00 de euros, con la siguiente distribución estimada, quedando condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente.

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