Ayudas asociadas para las explotaciones de vacuno de cebo

El MAPA (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación) ha publicado el pasado día 6 de mayo el importe unitario definitivo para la campaña 2020.

Estas ayudas asociadas voluntarias, establecidas en el artículo 52 del Reglamento (UE) Nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, están destinadas a los ganaderos que cumplan los requisitos establecidos en Sección 3ª y 8ª del Capítulo II del Título IV del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre.

El objetivo de estas ayudas es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones de vacuno de cebo, y asimismo, con carácter específico en el caso de la Ayuda Asociada establecida en la Sección 8ª del Capítulo II del Título IV del Real Decreto, prestar un apoyo a los ganaderos de vacuno de cebo que hayan sido titulares de derechos especiales en 2014, y que, en la solicitud única de cada campaña, no dispongan de hectáreas admisibles sobre las que activar derechos de pago básico.

Advertir que, en virtud de lo establecido en el artículo 59 del citado Real Decreto, los importes unitarios de los distintos sub-regímenes de ayuda a percibir por los agricultores que no estén integrados en el Régimen simplificado de Pequeños Agricultores, se ha determinado teniendo en cuenta la dotación presupuestaria de cada una de ellos, una vez descontada la parte de la dotación que se ha incorporado al citado Régimen simplificado de Pequeños.

Para esta ayuda se diferencian dos regiones, España peninsular y región insular, diferenciándose éstas a su vez entre los animales que han sido cebados en la misma explotación de nacimiento o en cebaderos comunitarios gestionados por productores de vaca nodriza, de aquellos animales que han sido cebados y proceden de otra explotación.

Para el sub-régimen de ayuda para los terneros cebados en la misma explotación de nacimiento en la región España peninsular hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2020 de 12.429.039,57 €, a repartir entre 419.643 animales con derecho a pago, según los datos comunicados por las comunidades autónomas, estableciéndose por ello un importe unitario definitivo de 29,618126 €/animal.

Para el sub-régimen de ayuda para los terneros cebados que proceden de otra explotación en la región España peninsular hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2020 de 25.908.340,98 €, a repartir entre 1.645.463 animales con derecho a pago, según los datos comunicados por las comunidades autónomas, estableciéndose por ello un importe unitario definitivo de 15,745319 €/animal.

Para el sub-régimen de ayuda para los terneros cebados en la misma explotación de nacimiento en la región insular hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2020 de 93.000,00 €, a repartir entre 1.174 animales con derecho a pago, según los datos comunicados por las comunidades autónomas, estableciéndose por ello un importe unitario definitivo de 79,216354 €/animal.

Para el sub-régimen de ayuda para los terneros cebados que proceden de otra explotación en la región insular hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2020 de 193.000 €, a repartir entre 4.137 animales con derecho a pago, según los datos comunicados por las comunidades autónomas, estableciéndose por ello un importe unitario definitivo de 46,652163 €/animal.

Para las ayudas correspondientes a los Derechos Especiales establecida en Sección 8ª del Capítulo II del Título IV del Real Decreto hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2020 de 1.440.000 €, a repartir entre 27.681 animales con derecho a pago, según los datos comunicados por las comunidades autónomas, estableciéndose por ello un importe unitario definitivo de 52,021242 €/animal.

Este importe unitario definitivo se aplica, tanto a los pagos pendientes como a los pagos complementarios a los ya realizados con el importe unitario provisional. Por lo tanto, con este importe unitario definitivo, ya es posible proceder al pago del 100% del importe total a abonar por los citados regímenes de ayuda.

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