¿Qué es el control oficial en fronteras?

Uno de los temas que está en boca de todos estos últimos meses es, sin duda, el Acuerdo Comercial de la Unión Europea con el Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay).
¿Quién no ha oído hablar de él en las noticias o leído en los periódicos digitales? Muchos son los que se aventuran a conjeturar sobre sus posibles riesgos y peligros para la seguridad alimentaria de la Unión Europea (U.E. – 27), debido, por ejemplo, a las carnes hormonadas o al uso indiscriminado de pesticidas en los cultivos, algunos incluso prohibidos en la UE.
Para proteger y salvaguardar los más altos niveles de seguridad alimentaria que disfrutamos los ciudadanos europeos, la U.E. – 27 cuenta con un extenso paquete legislativo que establece las reglas del juego tanto para los alimentos producidos dentro de nuestras fronteras como para los producidos fuera de ellas.
Dicho paquete legislativo lo podemos dividir en tres ámbitos diferentes, cada uno de ellos con sus propios reglamentos: la seguridad o higiene alimentaria, la sanidad animal y la sanidad vegetal.
Pero, ¿ cómo garantiza la UE que los alimentos producidos fuera de sus fronteras y que entran a través del comercio exterior cumplen con los requisitos exigidos en su legislación? Pues a través de un sistema de Control Oficial en Fronteras.
A continuación, entraremos más en detalle en qué son, dónde se llevan a cabo y quién realiza estos controles, aplicándolo en el ámbito del comercio exterior de: animales vivos, las mercancías de origen animal (incluidos los alimentos de origen animal, los subproductos animales y los productos reproductivos), los vegetales, los productos vegetales, determinados alimentos y piensos de origen no animal y determinados materiales que están en contacto con los alimentos.
Por “control oficial en fronteras” podemos entender como el conjunto de actuaciones e inspecciones de vigilancia que realizan las autoridades competentes de los Estados miembros de la U.E. – 27, para verificar el cumplimiento de la normativa aplicable, tanto al entrar como al salir del territorio de la Unión.
Su finalidad es garantizar que los productos importados cumplen con los requisitos sanitarios y fitosanitarios de la Unión Europea, y así evitar la introducción de plagas o enfermedades animales, así como garantizar el bienestar animal.
Los controles sanitarios y fitosanitarios a la importación, se realizan en los “puestos de control en frontera (PCF)” de la primera llegada a la U.E. o en los lugares designados por un Estado miembro. En el caso de España, existen 45 PCF a la importación y exportación entre puertos y aeropuertos, además de 9 estaciones de camiones autorizados para la exportación.
En cuanto a quién realiza estos controles, en España, se llevan a cabo por el personal inspector de sanidad exterior, sanidad animal y sanidad vegetal.
Se trata de personal funcionario de carrera altamente cualificado, como veterinarios e ingenieros agrónomos para productos de origen animal y vegetal, respectivamente.
Más adelante, entraremos más en detalle acerca de los diferentes tipos de controles a la importación, poniendo ejemplos prácticos y situaciones reales que pueden darse en los PCF.

Laura Rodríguez López
Ingeniera Agrónoma del Estado
Puesto de control de Frontera en el Puerto de Málaga
BIBLIOGRAFÍA
https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/temas/comercio-exterior-vegetal/puntosdecontrolenfrontera
https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/temas/comercio-exterior-vegetal/importaciongeneral
https://www.aesan.gob.es/AECOSAN/web/seguridad_alimentaria/detalle/legislacion_higiene_alimentos.htm




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