Publicado el convenio cárnico 2024 – 2025

Según ha publicado la revista digital CÁRNICA tras varios meses de espera desde su firma, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy el nuevo Convenio Estatal de Industrias Cárnicas 2024-2025.

El texto recoge una subida salarial del 3 por 100 para 2024, que deberá aplicarse ya en la próxima nómina, con efectos retroactivos desde el 1 de enero, y una subida provisional del 3 por 100 para 2025.

La publicación oficial supone el paso final tras un proceso que se ha alargado más de lo previsto. El motivo: el Ministerio de Trabajo solicitó a las partes ajustar el redactado de algunos artículos, especialmente aquellos relacionados con protocolos y perfiles profesionales ya regulados en otras disposiciones normativas.

Esta revisión administrativa retrasó durante semanas la validación definitiva del texto, lo que generó incertidumbre entre trabajadores y empresas. Aunque el acuerdo se firmó el 18 de febrero, algunas compañías habían pospuesto la aplicación de las subidas a la espera de su publicación oficial.

El convenio establece una subida general del 3 por 100 para 2024, que deberá incluirse en los salarios de forma retroactiva desde el inicio del año. Esta actualización también conlleva el abono de atrasos correspondientes a los primeros meses de 2024, tal y como se acordó en el texto consensuado por patronal y sindicatos.

Además, se incluye una cláusula de revisión salarial: si el IPC real de 2024 supera el 3 %, se ajustarán las tablas salariales con la diferencia, aunque sin efectos retroactivos. Este nuevo valor servirá de base para calcular el incremento del año 2025.

Así  lo explicó el señor Marco Antonio Pérez, responsable del sector cárnico en CC.OO. Industria: «El texto contempla una subida salarial del 3 % con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024, y establece una subida provisional adicional del 3 % para 2025, por lo que las empresas que aún no hayan aplicado ninguna mejora deberán reflejar en la próxima nómina un incremento total del 6,09 % «.

Asimismo, el representante sindical recuerda que “desde hoy mismo los trabajadores pueden empezar a percibir los atrasos, que deberían reflejarse en una nómina aparte para poder comprobar que se aplican correctamente, sin necesidad de esperar al cobro de la próxima mensualidad”.

Entre otras novedades del convenio, se recoge:

  • Una reducción de la jornada anual a 1.748 horas.
  • Un aumento del plus de nocturnidad del 6,29 %, que pasa de 1,43 a 1,52 euros por hora.
  • Nuevas condiciones para compensar las horas extra: 1 hora trabajada equivale a 1h 45 min de descanso.
  • Posibilidad de disfrutar de un mes seguido de vacaciones, siempre que se realice fuera del periodo de máxima producción de la empresa.
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