Las industrias lácteas vs la ley de la cadena
Me referí a esta cuestión, hace unas pocas fechas, en el marco de un Máster donde imparto docencia.
Verán ustedes, fue a medianos de diciembre del pasado año 2021 cuándo se publicó en España, en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la reforma de la Ley de la Cadena; sin duda, una reforma muy conveniente de una ley muy necesaria, en el ámbito del sector agrario español.
Y no se olvide, por favor, que la finalidad primera original de la Ley de la Cadena (que nació al amparo de la Ley 12/2013 de 2 de agosto) era la de lograr, ya hace 10 años, unos precios más justos para todos los operadores de la cadena; en particular, para los más débiles, los productores, dado que quedaba prohibido la destrucción de valor (cuestión absolutamente fundamental y clave).
Es decir, cada operador de la cadena alimentaria debía pagar, obligatoriamente por ley, al operador inmediatamente anterior un precio igual o superior al coste de producción asumido.
Su aplicación práctica, a lo largo de los años, fue, en general, un sonoro y rotundo fracaso. Y lo fue (y lo sigue siendo) por dos razones fundamentales; la primera, por la, en general, inexistencia de unos costes de producción de referencia, oficiales y dinámicos; la segunda, por la absoluta y reiterada incapacidad del Ejecutivo, es decir, de los distintos Gobiernos de turno, para lograr y controlar, su correcta aplicación.
La situación descrita llevó, en el año 2021, a la mencionada reforma de la misma (reforma, por cierto, publicitada a bombo y platillo).
El objetivo fundamental de la reforma (publicada en el BOE 299 del 15 de diciembre 2021) era lograr una mejora de las relaciones contractuales en el marco de la cadena alimentaria, poniendo las bases para lograr unas relaciones comerciales, entre los distintos eslabones de la misma, que fueran más transparentes, equilibradas y, consecuentemente más justas.
De acuerdo con la reformada ley, los productores (es decir, el primer eslabón de la cadena) veían reforzada su posición negociadora y podía lograr de esta manera una remuneración digna por su trabajo.
La realidad, en el presente año 2023, es que los productores, en este caso de leche de vaca, sufren en sus propias carnes que lo expuesto en el último párrafo, acerca de la remuneración digna por su trabajo, NO ha sido, ni es, casi nunca cumplido (bien es muy cierto que esta realidad afecta de igual modo a otros sectores del sector agrario español).
Así y desde hace un par de meses (en este caso, concretamente desde el pasado mes de abril), los ganaderos detentores de vacas productoras de leche protestan con toda la razón, como ya lo he referido en distintas oportunidades, ante las ofertas a la baja del precio de compra de la leche de sus vacas, a la hora de negociar los nuevos contratos, por parte de los primeros compradores.
Se trata de ofertas de compra que no cumplen, ni de lejos, con el principio de la “no destrucción de valor” de la Ley de la Cadena. Se trata, con muy pocas excepciones, de la conocida posición de las industrias lácteas vs la Ley de la Cadena.
Ahora, la situación ha cobrado una nueva dimensión ante la denuncia presentada por la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) ante el Tribunal Supremo por el comportamiento “éticamente impresentable” de las Industrias Lácteas.
La UPA ha venido a demostrar, con hechos y con datos, que la prohibición de “compras a pérdidas” se “ajusta a derecho”; que la Ley de la Cadena sigue en vigor y que, consecuentemente, debe hacerse cumplir la misma por las autoridades competentes (obviamente, a lo largo de toda la cadena).
Vamos a ver si el Tribunal Supremo da la razón a los ganaderos y a los agricultores y, de ser así (cómo espero y deseo), las mencionadas autoridades competentes se dignen dejar de lado su histórica inoperancia real en este tema y pongan de una vez por todas, fin a este desaguisado.
La negativa consecuencia de la mencionada inoperancia es la reducción continuada del número de granjas de vacuno lechero activas en nuestro país. Actualmente sobreviven y económicamente no bien, únicamente unas 10.200 (cuando, por ejemplo, en el año 2013, año en que nació la Ley de la Cadena, todavía había más de 18.000).
Deseo y quiero confiar en que el nuevo Gobierno de la Nación, resultante de las próximas elecciones generales de julio del presente año, sea mucho más eficiente y eficaz que el actual y que se ocupe profesionalmente de los muchos temas importantes pendientes, como es caso del referenciado en la presente nota (para ello, evidentemente y en primer lugar, será ineludible ubicar a una persona adecuada al frente de nuestro Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación).
Carlos Buxadé Carbó.
Catedrático de Producción Animal.
Profesor Emérito
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