La Federación Nacional de Industrias Lácteas recurre a la Ley de la Cadena
Tal y como ha publicado el boletín digital Informativo de AGAPROL del pasado 1 de junio, la Federación Nacional de Industrias Lácteas (Fenil) ha presentado una demanda ante el Tribunal Supremo (TS) por la que pide que se anule la prohibición de comprar a pérdidas entre transformador y productor de leche, al entender que incumple el reglamento de la OCM láctea que establece y avala la libre negociación de precios.
El recurso contencioso-administrativo, al que ha tenido acceso Efeagro, reclama la nulidad del contenido del real decreto 374/2022, sobre contrataciones en el sector lácteo, que obliga a que el ganadero no venda la leche a la industria por debajo de su coste efectivo de producción, en cumplimiento de la reformada Ley de la Cadena Alimentaria.
Fenil pide también al TS anular el contenido de dicho real decreto sobre formalización, subrogación, renegociación y rescisión de los contratos.
De forma indirecta, eso conlleva a que la patronal láctea solicite al Supremo que sea inaplicable al sector lácteo la disposición adicional quinta de la Ley de la Cadena Alimentaria, sobre la que planeta además una cuestión de inconstitucionalidad.
El argumentario jurídico de esta demanda se centra en que dicha norma a su juicio “contraviene directamente” el artículo 148.4 del Reglamento OCM, referente a la especificidad del sector lácteo, según el cual “todos los elementos de los contratos” para la entrega de leche cruda celebrados “serán negociados libremente entre las partes”.
Fenil considera que prohibir la compra a pérdidas “colisiona frontalmente” con dicho artículo y restringe “de manera innecesaria y desproporcionada la autonomía y la libertad negocial” de las partes.
Además, alude a varias sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que no hacen en su opinión “sino confirmar la tesis” de la demanda presentada. La federación plantea que prohibir comprar a pérdidas perjudica también a los ganaderos, especialmente a los “menos eficientes” y lo justifica asegurando que, “en situaciones puntuales de claro exceso de oferta” de leche que, “desafortunadamente son frecuentes” por su carácter “cíclico, los productores no van a poder bajar sus precios por debajo de los costes para garantizarse la recogida” láctea. “Se comprende fácilmente que la restricción de la norma conduce a un resultado opuesto al pretendido”, según Fenil.
Además, cita otras “ineficiencias” derivadas de esa prohibición como el hecho de que “no existe un concepto objetivo de “coste efectivo de producción”, de manera que cada ganadero podrá o no tener en cuenta lo que en cada momento considere oportuno”; o que la industria “no tiene los medios para controlar la veracidad o la exactitud de la información sobre los costes efectivos de producción comunicados”.
Fenil aclara que, “en todo caso”, la demanda se refiere a esa prohibición de comprar a pérdida “en la medida en que se aplique al sector lácteo español, caracterizado por el carácter cíclico”, por lo que no se pronuncia “con respecto a su aplicación a otros sectores”.
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