El plan nacional de inspección del transporte por carretera 2023
El pasado lunes, dia 21 de noviembre, la señora Subdirectora General de Inspección de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes, acompañada de los responsables de inspección de algunas Comunidades Autónomas presentó a las asociaciones nacionales de transportistas el Plan Nacional de Inspección del sector del transporte por carretera para el próximo año 2023.
El mencionado Plan priorizará el próximo año la inspección de transportes por carretera en las novedades legislativas aprobadas en los últimos meses, en concreto en lo referido a la lucha contra la morosidad, el control de los precios del transporte, el cumplimiento de la prohibición de carga y descarga y las empresas buzón deslocalizadas que operan en España, además de las otros ámbitos que ya viene inspeccionándose en años anteriores.
La lucha contra la morosidad en el ámbito del transporte de mercancías por carretera constituye una de las prioridades de la Inspección de Transportes, ya que influye negativamente en la liquidez de las empresas, complicando su gestión financiera y afectando a su competitividad y rentabilidad. Su control será uno de los objetivos tras la introducción de nuevos tipos infractores por la normativa aprobada, la ley 13/2021.
El precio convenido del transporte, así como el importe de los gastos relacionados, que deberán cubrir el total de los costes efectivos, es uno de los controles establecidos por el Real Decreto Ley 14/2022, de 1 de agosto, sobre medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, lo que será objeto también de control prioritario a lo largo del año 2023. Será necesario controlar, por los servicios de inspección, el contenido de las cartas de porte y la emisión de las mismas, así como aquellos otros documentos contractuales en los que venga reflejado.
Se iniciarán las inspecciones a través de las empresas cargadoras y operadores de transportes, estableciendo el seguimiento de la cadena de empresas implicadas hasta llegar al porteador efectivo de los servicios contratados.
En cuanto al control de la carga y descarga, cuyas reglas sobre la participación en la carga y descarga de las mercancías vienen fijadas por el Real Decreto Ley 3/2022, de 1 de marzo y por el Real Decreto Ley 14/2022, cuya entrada en vigor se produjo en septiembre del año 2022, requerirá el control presencial por parte de los Inspectores de Transportes con la finalidad de proceder al control de la participación de los conductores en las tareas señaladas.
Asimismo se continuará el control de la deslocalización de las grandes empresas hacia países de la UE con menos costes de explotación de la actividad, que claramente genera una situación de competencia desleal. Consciente de la problemática que ocasionaban estas nuevas figuras fraudulentas, la Inspección de Transportes Terrestre desde el año 2016 ha venido transmitiendo e impulsando actuaciones para que otras Instituciones Públicas se implicarán en las actuaciones necesarias para resolver la problemática que estaba surgiendo. Muestra de ello es que, por primera vez, en la Resolución de 11 de abril de 2018, de la Subsecretaria de Empleo y Seguridad Social, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de abril de 2018, por el que se aprueba el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para el periodo 2018-2020, se contemplaban actuaciones conjuntas entre ambas Inspecciones de cara a la lucha contra las empresas buzón.
En este sentido, en julio de 2021 se firmó un nuevo protocolo de actuación de la Inspección de Transporte y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con el objetivo de reforzar, mejorar y ampliar la lucha contra el fraude en las contrataciones de trabajadores en el sector de transporte.
A la hora de programar los controles, con el fin de ser más efectivos, se realizarán en aquellos puntos donde se pueda detectar un mayor volumen de actividad de transportes como puede ser los puertos, polígonos industriales, grandes cargadoras, centros logísticos, estaciones de autobuses, etc. atendiendo a la finalidad de cada inspección que se realice. Será prioritaria la realización de los controles en las grandes empresas cargadoras y centros logísticos a lo largo del año 2023 cuando los controles se lleven a cabo por los miembros de la Inspección de Transportes.
En la programación inspectora se tiene en cuenta las distintas denuncias provenientes de Asociaciones, Instituciones y de los particulares realizadas en los distintos medios telemáticos implantados en las Administraciones de transporte. En este sentido, cabe destacar que la puesta en marcha este año 2022 del Buzón anónimo de colaboración con la Inspección de Transportes ha supuesto un instrumento muy importante en la planificación de las actuaciones inspectoras.
Hasta la fecha, las principales denuncias que se han presentado a través de este Buzón, accesible a través de la web del Ministerio de Transportes, han sido referidas a incumplimiento de los plazos máximos de pago, incumplimiento de la prohibición de carga y descarga y el pago de los precios del transporte sin cubrir los costes.
Todos estos objetivos habrán de llevarse a cabo tanto en las sedes de las empresas como en carretera. Los miembros de la inspección de transporte tendrán como actividad prioritaria la sede de las empresas. Hay que destacar que la cooperación de la Autoridad Laboral Europea permitirá la realización de inspecciones concertadas y conjuntas en las sedes de las empresas tanto de las situadas en territorio español como en los otros estados miembros donde se encuentran ubicadas las empresas buzón.
Asimismo se llevará a cabo un año más el control anual de los tiempos de conducción y descanso sobre la flota a los 474.873 vehículos de transporte que en la actualidad están obligados a llevar tacógrafo en España. Dado que las Directivas europeas imponen a los Estados miembros la obligación de controlar al menos el 3 por 100 de las jornadas de trabajo, en el caso de las autoridades de inspección españolas deberán revisarse en 2023 al menos 3.173.513 jornadas de trabajo de los conductores profesionales, de las que en torno a un 50 por 100 se controlarán en la sede de las empresas y el otro 50 por 100 en carretera.
En años anteriores, el mayor porcentaje de infracciones detectadas son las debidas a registros de tiempos de conducción (27 por 100), seguidas de tiempos de descanso (23 por 100), pausas (17 por 100), tiempos de conducción (14 por 100), tacógrafo (12 por 100) y por último faltas de registros (6 por 100).
Asimismo se continuará el control sobre las empresas que ofertan servicios de transporte on-line, en especial en lo referido a plataformas de paquetería que, en vehículos diversos, intermedian habitualmente sin estar autorizadas, así como el control de las cooperativas de trabajo asociado que actúen irregularmente en el ámbito tributario (módulos) y en el ámbito laboral, en coordinación en ambos casos con la Inspección de Trabajo y con la Agencia Tributaria.
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