El Ministerio de Agricultura y la Influenza Aviar
Ante la situación existente, el Boletín Oficial del Estado (BOE) recogió el pasado miércoles 20 de enero la Orden APA/19/2021, que modifica la Orden APA/2442/2006 por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la influenza aviar. Con esta acción, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) refuerza la bioseguridad con el fin de lograr evitar la propagación del virus de influenza aviar en las zonas de especial riesgo y en los lugares de especial vigilancia de España.
La nueva norma incluye en tres anexos el listado de humedales españoles y las zonas de especial riesgo y de especial vigilancia por municipios para evitar la propagación de casos de gripe aviar en el país. Paralelamente, la Comisión Europea (CE), ha establecido nuevas zonas de protección y vigilancia frente a la gripe aviar en Alemania, Francia, Lituania, Polonia y el Reino Unido (Irlanda del Norte), tras la detección de nuevos focos. La ampliación se produce, ante los nuevos casos en áreas que no estaban dentro de las zonas de protección de dichos países para evitar la propagación de la enfermedad, según una decisión publicada este martes en el Diario Oficial de la Unión Europea (UE).
Fuentes del MAPA han explicado en un comunicado que tras varios años de estabilidad epidemiológica, desde julio de 2020 ha aumentado en Europa la circulación del virus de influenza aviar en aves de corral domésticas y aves silvestres, que comenzó en el sur de Rusia y Kazajistán
Tras la experiencia de las olas epidémicas anteriores en los periodos 2005/06 y 2016/17, esta situación conlleva, según las mismas fuentes, a un aumento del riesgo de difusión del virus hacia zonas de Europa septentrional y oriental, por el movimiento de aves migratorias hacia zonas más cálidas en invierno (debe tenerse en cuenta que la situación geográfica de España respecto a las rutas de aves migratorias hibernantes del norte de Europa y la presencia de humedales con abundancia de aves silvestres migratorias, ha hecho necesaria, según las fuentes mencionadas, la actualización periódica de la Orden dada la circulación cíclica del virus de la gripe aviar en forma de olas epidémicas).
El MAPA ha resaltado que esta nueva normativa posibilita aplicar medidas más restrictivas, a nivel regional, y actualiza los humedales y territorios incluidos en las zonas de especial riesgo y de especial vigilancia.
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