El Brexit y el final del periodo transitorio

Ya hemos entrado en el último cuatrimestre del año y, con él, ha llegado, al menos para mí, la reanudación de la actividad docente (si bien, en el caso que me ocupa y de momento, la docencia es virtual).

En este contexto, durante este pasado fin de semana, he empezado a analizar en estas clases alguna de las cuestiones que están desembocando en la elevada complejidad del entorno que espera a nuestras empresas del sector agrario (y a la mayoría de nuestras empresas) en los próximos meses.  

Por una parte, está la muy preocupante situación económica real global del País (síntoma evidente de la misma es la fusión Bankia – Caixa, con todos las consecuencias que la misma va a originar); por otra, la claramente negativa evolución cuantitativa de la COVID – 19 (el viernes pasado, sin ir más lejos, se contabilizaron 4.503 nuevos contagios y 184 nuevos decesos); ello, me parece evidente que continuará presionando negativamente a la demanda, especialmente de los pecuarios y, no por último, está la cuestión del Brexit (palabra combinada de las palabras inglesas Britain, ‘Gran Bretaña’, ​ y exit, ‘salida’). A él voy a dedicar, hoy, los próximos párrafos.

Como es bien sabido por todos, como consecuencia del mencionado Brexit, el Reino Unido dejó de ser un Estado miembro de la Unión Europea el pasado día 31 de enero de este año 2020. Consecuentemente, el Reino Unido ya no forma parte de la Unión Europea (que ha pasado a ser la U.E. – 27) y, por ello, ya no está integrado de los órganos rectores de la U.E., ni participa en la toma de decisiones de la misma. 

En este marco, la Unión Europea y el Reino Unido acordaron, en su momento, establecer un periodo transitorio de 11 meses que finaliza el próximo 31 de diciembre de este año 2020. Durante este periodo transitorio, los procedimientos aduaneros y las normas fiscales, por citar dos tema de relevante interés para nuestro sector, siguen siendo los mismos que regían cuando el Reino Unido pertenencia a la Unión. 

No obstante, el 1 de enero del próximo año 2021 habrá, sí o sí, cambios muy importantes tanto en lo que se refiere a la fiscalidad como a los mencionados procedimientos aduaneros, dado que el Reino Unido pasará a ser, a todos los efectos, un Tercer País (ello al margen, claro está, de los posibles acuerdos preferenciales que puedan llegar a firmarse entre la Unión Europea y el Reino Unido).

Consecuentemente ello afectará significativamente a todas aquellas empresas (y en este momento pienso en las de nuestro sector agrario aunque naturalmente va a afectar a muchas de otros sectores de nuestra economía). Me refiero a aquéllas que venden, compran, transportan o utilizan materiales donde el Reino Unido juega un rol activo (probablemente la cuestión se complicará un poco más si es Irlanda del Norte el “partner comercial”).  

Así, por ejemplo, no perdamos de vista en lo que respecta al Reino Unido que, una vez finalizado el mencionado periodo transitorio, nuestras empresas tendrán que cumplir idénticos trámites aduaneros que con cualquier otro Tercer País (léase: declaración de aduana; en algunos casos requerimiento de una licencia especial;  realización de trámites especiales cuando se trate de bienes sujetos a impuestos especiales, caso del alcohol o del tabaco; cumplimiento de unas nuevas normas y procedimientos en lo que atañe al IVA, etc. etc.).

Obviamente todo lo expuesto se complicará muy significativamente si la Unión Europea y el Reino Unido no logran, como ya lo he mencionado, cerrar un buen acuerdo de libre comercio (acuerdo que, en este momento, se me antoja cuanto menos lejano).

Ante esta situación y en este aspecto, que es en el que hacía más hincapié en mis clases del sábado pasado, nuestras empresas agrarias (en general, insisto, todas las empresas implicadas en cuestiones comerciales con el Reino Unido) deben de preparase urgentemente, si no lo están haciendo ya, para hacer frente a las importantes “turbulencias” que, en mi opinión, se van a generar en las relaciones comerciales, empresariales, entre los Estados de la Unión Europea y el Reino Unido una vez finalizado el periodo transitorio (finalización que, como ya he mencionado, está “a la vuelta de la esquina”).

Desde mi punto de vista y con una visión a medio – largo plazo, el Brexit no favorecerá, económicamente hablando, ni al Reino Unido ni a la Unión Europea. Pero es en este mar donde ahora nos toca navegar, aunque no podamos desplegar gran parte de nuestro velamen, porque, de momento, hay muy poco viento.

Carlos Buxadé Carbó.
Catedrático de Producción Animal.
Profesor Emérito.
Universidad Politécnica de Madrid
Universidad Alfonso X el Sabio

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