El problema de un Brexit sin acuerdo para los camiones españoles

Este no es un tema menor para nuestra agricultura y nuestra ganadería que tienen en el Reino Unido un importante mercado, tanto desde el punto de vista de las exportaciones como de las importaciones.

Según ha publicado el “Diario del Transporte”,  la finalización el próximo 1 de enero 2021 del período transitorio de salida del Reino Unido de la Unión Europea (U.E.) sin acuerdo tendría consecuencias nefastas para los intercambios comerciales con España por carretera, siendo el quinto país destinatario de nuestras exportaciones que realizan actualmente unos 8.000 camiones españoles.

En este sentido, la Comisión Europea advierte en una Comunicación oficial de preparación ante el final del período transitorio sin acuerdo que la actual licencia comunitaria europea que permite realizar transporte ilimitadamente entre los países de la U.E. perdería su validez en el Reino Unido, siendo sustituida por la autorización multilateral denominada ECMT (emitida por la Comisión Europea de Ministros de Transportes), de las que España sólo otorga actualmente 800 licencias anuales para camiones.

Quinto destino

Actualmente, el Reino Unido representa el quinto destino de los transportistas españoles, representando el 8’1 por 100 del total de las toneladas-kilómetros, que, según estimaciones de FENADISMER (Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España), es realizado por una flota estimada de 8.000 camiones españoles de transporte pesado, que se dedican principalmente a las exportaciones españolas de productos agroalimentarios, automoción, productos farmacéuticos y mercancía general.

 

En este sentido, FENADISMER ha tenido acceso a la Comunicación de la Comisión Europea que ha lanzado este jueves 9 de Julio bajo el título “Preparándose para los cambios. Comunicación sobre la preparación para el final del período transitorio entre la Unión Europea y el Reino Unido” en el que analiza en los diferentes ámbitos de actividad económica y social los diferentes escenarios posibles como consecuencia “de la decisión adoptada por el Gobierno del Reino Unido sobre la relación futura y sobre no extender el período de transición, lo que significará que estas interrupciones inevitables ocurrirán a partir de 1 Enero de 2021 y el riesgo de agravar la presión que las empresas ya están sufriendo en razón de la COVID-19”.

En el ámbito del transporte por carretera, la Comunicación de la Comisión Europea recuerda que durante el actual período de transición, el Reino Unido participa en el mercado único, lo que supone un Mercado Único de servicios de transporte. Por lo tanto, actualmente, las actuales operaciones de transporte por carretera pueden llevarse a cabo en toda la Unión Europea, incluido el Reino Unido, con una sola licencia emitida por cualquier Estado miembro. Sin embargo, como señala la Comunicación “a partir del 1 de enero de 2021, las posibilidades y condiciones entre la Unión Europea y el Reino Unido para realizar servicios de transporte dependerá en gran medida de las negociaciones sobre la futura relación UE-Reino Unido en el área de transporte”.

Así, como ya se ha indicado, la finalización del período transitorio el próximo 31 de Diciembre sin acuerdo entre el Reino Unido y la UE traería como consecuencia a partir del 1 de Enero la derogación automática de la actual autorización de transporte europea (licencia comunitaria), que permite en la actualidad realizar ilimitadamente transportes con el reino británico los derechos de acceso al mercado entre la Unión Europea y el Reino Unido por parte de las empresas transportistas se limitarían a los permisos ofrecidos en el marco de la Conferencia Europea de Ministros de Transportes (organismo que agrupa a 44 países europeos).

 

En consecuencia, como también se ha indicado, dichas autorizaciones ECMT serían las únicas que permitirían el tránsito entre ambas zonas, teniendo en cuenta que dichas autorizaciones son solicitadas por las empresas transportistas en la actualidad para realizar servicios a otros países europeos no comunitarios, por lo que en caso de tener que utilizarse para el desplazamiento al Reino Unido obligaría a reducir el intercambio comercial con otros países no miembros de la Unión Europea.

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