El Parlamento Europeo investiga el transporte de animales vivos
El Parlamento Europeo ha creado un Comité conformado por 30 europarlamentarios cuya función es la de investigar el incumplimiento de las normas de la Unión Europea (U.E. -. 27) sobre protección de animales transportados.
Dentro de 12 meses, deberán presentar un informe en el que recogerán las infracciones que encuentren en la aplicación de las normas de bienestar animal de la U.E.- 27 durante el transporte dentro y fuera de la Unión Europea.
El nuevo comité de investigación, establecido por 605 votos a favor, 53 en contra y 31 abstenciones, deberá investigar las presuntas violaciones en la aplicación de la legislación de la Unión Europea, dentro y fuera de la misma, por vía aérea, carretera, ferrocarril y mar. Se centrará en cómo los Estados Miembros están implementando las normas de la Unión Europea y si la Comisión de la U.E. – 27 las está controlando adecuadamente.
Normativa infringida
El mencionado comité examinará la supuesta falta de actuación de la Comisión de la Unión Europea cuando hay la evidencia de que las normas de la U.E. – 27 sobre el traslado de animales vivos a través de la propia Unión y a Países Terceros están siendo infringidas de manera grave y sistemática. Investigará también la sospecha de falta de implementación y cumplimiento de las disposiciones de la Unión Europea sobre temas tales como: la asignación de espacio total y de espacio libre para los animales transportados, sobre la aportación de agua, sobre su alimentación, sobre el control de las camas, y sobre el sistema de temperatura y de ventilación durante el transporte.
Los futuros miembros del comité podrían examinar cómo la Comisión y los Estados Miembros aseguran el cumplimiento de las normas de la Unión Europea en lo que se refiere al manejo de animales transportados, en viajes de larga distancia, para prevenir demoras y el transporte inadecuado de animales no aptos y animales que aún no han sido destetados.
También podrán investigar el supuesto fracaso de las autoridades ejecutivas y nacionales de la Unión Europea para hacer cumplir las normas de la U.E. – 27 sobre el bienestar de los animales transportados también fuera de la Unión; es decir al trasladar animales vivos desde la Unión Europea a países no pertenecientes a la U.E.
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